LMV

Artículo 57. Operaciones de fiduciarias

Las personas relacionadas con sociedades anónimas bursátiles deben cumplir con las disposiciones legales al operar acciones representativas de su capital social.

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Texto Legal

Las personas relacionadas a una sociedad anónima bursátil y las fiduciarias de fideicomisos que se constituyan con el fin de establecer planes de opción de compra de acciones para empleados y fondos de pensiones, jubilaciones, primas de antigüedad y cualquier otro fondo con fines semejantes, constituidos directa o indirectamente, por alguna sociedad anónima bursátil, al operar las acciones o títulos de crédito que representen las acciones representativas del capital social de la sociedad con la que se encuentran vinculadas, deberán ajustarse a lo establecido en los artículos 366 y 367 de esta Ley.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las fiduciarias deben estar al tanto de las regulaciones para evitar conflictos de interés. La asesoría legal es recomendable para asegurar el cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LMV?

Las personas relacionadas con sociedades anónimas bursátiles deben cumplir con las disposiciones legales al operar acciones representativas de su capital social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY del Mercado de Valores?

Las fiduciarias deben estar al tanto de las regulaciones para evitar conflictos de interés. La asesoría legal es recomendable para asegurar el cumplimiento.

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