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Artículo 397. Procedimiento de queja

Este artículo describe el procedimiento de queja que se seguirá ante el presidente de la Comisión, estableciendo los supuestos en los que se puede interponer una queja.

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Texto Legal

El procedimiento de queja se seguirá ante el presidente de la Comisión quien resolverá en definitiva y únicamente procederá en los supuestos siguientes:

I. Cuando a un intermediario del mercado de valores le sea negado injustificadamente el acceso a los locales, instalaciones y el uso de sistemas que faciliten la realización de operaciones que pongan en contacto la oferta y demanda de valores, que para tal fin proporcionen las bolsas de valores.

II. Cuando una bolsa de valores suspenda o excluya la operación de un intermediario del mercado de valores en los locales, instalaciones y el uso de sistemas que faciliten la realización de operaciones que pongan en contacto la oferta y demanda de valores, instrumentados por la bolsa de valores de que se trate.

III. Cuando las emisoras que pretendan listar sus valores en alguna bolsa de valores o, en su caso, que hubieren obtenido dicho listado, les sea negado el listado, suspendido o cancelado injustificadamente.

IV. Cuando un intermediario del mercado de valores se considere afectado por una determinación o medida adoptada por algún organismo autorregulatorio reconocido en términos de esta Ley.

La Comisión, para dictar la resolución que corresponda, deberá correr traslado con la queja a la bolsa de valores u organismo autorregulatorio de que se trate, a fin de que dentro de un plazo de diez días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga y, en su caso, aporte los elementos probatorios que estime pertinentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender el procedimiento de queja es esencial para los intermediarios del mercado de valores que se sientan afectados por decisiones de la Comisión. La correcta presentación de quejas puede ser un recurso valioso en la defensa de sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 397 del LMV?

Este artículo describe el procedimiento de queja que se seguirá ante el presidente de la Comisión, estableciendo los supuestos en los que se puede interponer una queja.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 397 de la LEY del Mercado de Valores?

Entender el procedimiento de queja es esencial para los intermediarios del mercado de valores que se sientan afectados por decisiones de la Comisión. La correcta presentación de quejas puede ser un recurso valioso en la defensa de sus derechos.

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