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Artículo 384. Sanciones por uso no autorizado de claves

Este artículo establece penas de seis meses a dos años para quienes utilicen claves de acceso sin consentimiento. La seguridad en el acceso a sistemas es fundamental en el mercado de valores.

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Texto Legal

Será sancionado con prisión de seis meses a dos años, todo aquél que, sin consentimiento del titular, sustraiga o utilice las claves de acceso al sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones de un intermediario del mercado de valores o a los sistemas operativos de negociación de las bolsas de valores, para ingresar posturas y realizar operaciones obteniendo un beneficio para sí o para un tercero. La sanción prevista en este artículo será independiente de la que corresponda por la comisión de otro u otros delitos previstos en este capítulo o en otras leyes aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las instituciones deben implementar medidas de seguridad robustas para proteger el acceso a sus sistemas y evitar el uso no autorizado de claves que pueda llevar a sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 384 del LMV?

Este artículo establece penas de seis meses a dos años para quienes utilicen claves de acceso sin consentimiento. La seguridad en el acceso a sistemas es fundamental en el mercado de valores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 384 de la LEY del Mercado de Valores?

Las instituciones deben implementar medidas de seguridad robustas para proteger el acceso a sus sistemas y evitar el uso no autorizado de claves que pueda llevar a sanciones.

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