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Artículo 352. Inspección de auditorías externas

La Comisión tiene facultades para inspeccionar a las personas morales que prestan servicios de auditoría externa. Esto incluye requerir información y realizar visitas de inspección.

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Texto Legal

La Comisión contará con facultades de inspección y vigilancia, respecto de las personas morales que presten servicios de auditoría externa en términos de esta Ley, incluyendo los socios o empleados de aquéllas que formen parte del equipo de auditoría, pudiendo al efecto y a fin de verificar el cumplimiento de esta Ley y la observancia de las disposiciones de carácter general que de ella emanen:

I. Requerir toda clase de información y documentación.

II. Practicar visitas de inspección.

III. Requerir la comparecencia de socios, representantes y demás empleados de las personas morales que presten servicios de auditoría externa.

IV. Reconocer normas y procedimientos de auditoría que deberán observar las personas morales que presten servicios de auditoría externa al dictaminar o emitir opiniones relativas a los estados financieros de las entidades financieras o emisoras, pudiendo distinguir por tipo de entidad o emisor. Asimismo, la Comisión podrá expedir normas y procedimientos de auditoría en el evento de que en relación con alguna materia no existan normas o procedimientos aplicables, o bien, cuando a juicio de la propia Comisión las normas reconocidas en términos de este párrafo sean insuficientes.

El ejercicio de las facultades a que se refiere este artículo estará circunscrito a los dictámenes, opiniones y prácticas de auditoría que en términos de esta Ley practiquen las personas morales que presten servicios de auditoría externa.

Las personas morales que presten el servicio de auditoría externa a las emisoras simplificadas, incluyendo los socios o empleados de aquéllas que formen parte del equipo de auditoría, no estarán sujetas a lo previsto en el presente artículo. Párrafo adicionado DOF 28-12-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las firmas de auditoría deben estar preparadas para auditorías y tener sus procesos documentados. La transparencia en sus prácticas es vital para evitar problemas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 352 del LMV?

La Comisión tiene facultades para inspeccionar a las personas morales que prestan servicios de auditoría externa. Esto incluye requerir información y realizar visitas de inspección.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 352 de la LEY del Mercado de Valores?

Las firmas de auditoría deben estar preparadas para auditorías y tener sus procesos documentados. La transparencia en sus prácticas es vital para evitar problemas legales.

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