Este artículo describe las facultades de la Comisión, la Secretaría y el Banco de México en el contexto del mercado de valores. Se establece que estas entidades tienen atribuciones específicas para supervisar y regular el mercado.
La Comisión, la Secretaría y el Banco de México, sin perjuicio de las atribuciones a que hacen referencia otros artículos de ésta u otras leyes, tendrán las facultades establecidas en este Título.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los profesionales del sector estén al tanto de las facultades de la Comisión, ya que esto puede afectar sus operaciones y cumplimiento normativo. Mantenerse informado sobre cambios en estas facultades es esencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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