Los dictámenes de auditoría y opiniones de expertos deben ser considerados información divulgada al público, lo que asegura la transparencia en el mercado. Esto es crucial para la confianza de los inversores.
Los dictámenes de auditoría externa y las opiniones de los licenciados en derecho o expertos externos independientes que se entreguen a las emisoras para los efectos de las solicitudes de inscripción de valores, autorización de oferta pública y cumplimiento de las obligaciones de entrega y difusión de información que a dichas emisoras les impone esta Ley, constituirán información divulgada al público directamente por dichas personas, con independencia de que la propia emisora sea quien realice la referida entrega y difusión al público.
Los dictámenes de auditoría externa y las opiniones de los licenciados en derecho o expertos externos independientes que se entreguen a las emisoras simplificadas para que éstas, a su vez, la proporcionen a las casas de bolsa y bolsas de valores, tendrán los mismos efectos de divulgación al público señalados en el párrafo anterior. Párrafo adicionado DOF 28-12-2023
Lo dispuesto en este artículo resultará igualmente aplicable a los dictámenes, opiniones, informes, estudios y calificación crediticia que elaboren expertos, peritos, instituciones calificadoras y demás personas que presten sus servicios a las emisoras o emisoras simplificadas. Párrafo reformado DOF 28-12-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La divulgación de dictámenes y opiniones es un paso importante para asegurar la confianza del mercado y la protección de los inversores.
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