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Artículo 291. Ejecucion de certificaciones de instituciones depositarias

Las certificaciones emitidas por directivos de instituciones depositarias sobre derechos derivados de sus registros traen aparejada ejecucion si se acompaña documentacion acreditatoria certificada.

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Texto Legal

Las certificaciones por parte del director general o directivos de las instituciones para el depósito de valores, que cuenten con facultades para ello, en cuanto a los derechos derivados de los registros relativos a los servicios que prestan dichas instituciones a los depositantes, traerán aparejada ejecución, siempre que se acompañen de los documentos en los que consten el origen de los actos que les dieron lugar, certificados igualmente por las personas señaladas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proporciona herramienta legal rapida para cobranza. Las certificaciones de directivos tienen fuerza ejecutoria, util en procedimientos judiciales para ejercer derechos de depositantes ante terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 291 del LMV?

Las certificaciones emitidas por directivos de instituciones depositarias sobre derechos derivados de sus registros traen aparejada ejecucion si se acompaña documentacion acreditatoria certificada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 291 de la LEY del Mercado de Valores?

Proporciona herramienta legal rapida para cobranza. Las certificaciones de directivos tienen fuerza ejecutoria, util en procedimientos judiciales para ejercer derechos de depositantes ante terceros.

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