El Consejo Consultivo actua como organo asesor del Instituto en temas de igualdad de genero, impulsa participacion de sectores, promueve coordinacion institucional, y fortalece organizaciones de mujeres.
El Consejo Consultivo colaborará con el Instituto en los casos siguientes:
I. Fungir como órgano de asesoría y consulta del Instituto en lo relativo al Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en los demás asuntos en materia de igualdad de género y mujeres que sean sometidos a su consideración; Fracción reformada DOF 04-06-2015, 16-02-2018
II. Impulsar y favorecer la participación de los sectores interesados en las acciones relacionadas con el objeto de esta Ley;
LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
III. Promover vínculos de coordinación con los responsables de las iniciativas a favor de la igualdad de género e igualdad de oportunidades de las mujeres en las instancias de gobierno, así como con los sectores y organizaciones de la sociedad en general; Fracción reformada DOF 16-02-2018
IV. Apoyar el fortalecimiento de las organizaciones de mujeres y de las que trabajen a favor de las mujeres, y
V. Las demás que determine el Estatuto Orgánico del Instituto y demás disposiciones aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo detalla las cinco funciones principales del Consejo. Para los asesores es esencial entender que la funcion V permite ampliar responsabilidades mediante el Estatuto Organico. Debe documentarse cada actividad de asesoramiento para propósitos de auditoria y transparencia.
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Art. 25. Duracion del encargo en Consejo Social
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