El Instituto cuenta con comisario propietario y suplente designados por Secretaria de Funcion Publica. Vigilara y evaluara operacion del Instituto conforme a Ley Federal de Entidades Paraestatales.
El Instituto contará con un comisario público propietario y uno suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública. El comisario vigilará y evaluará la operación del Instituto y tendrá las atribuciones contenidas en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en las demás disposiciones legales aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El comisario es un tercero independiente designado por Funcion Publica. Su participacion es obligatoria en informes al Consejo segun articulo 28; contadores deben facilitar informacion completa al comisario para sus reportes trimestrales o anuales de vigilancia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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