LIFNVT

Artículo 63. Exención de impuestos

Los remanentes obtenidos por el Instituto no estarán sujetos al Impuesto Sobre la Renta ni a la participación de los trabajadores en utilidades. Esto proporciona un beneficio fiscal significativo para el Instituto.

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Texto Legal

Los remanentes que obtenga el Instituto, su empresa filial y fideicomisos, en sus operaciones, no estarán sujetos al Impuesto Sobre la Renta ni a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Artículo reformado DOF 21-02-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta exención fiscal puede ser un punto clave en la planificación financiera del Instituto. Es recomendable considerar las implicaciones fiscales en la gestión de recursos del Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del LIFNVT?

Los remanentes obtenidos por el Instituto no estarán sujetos al Impuesto Sobre la Renta ni a la participación de los trabajadores en utilidades. Esto proporciona un beneficio fiscal significativo para el Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivi...?

Esta exención fiscal puede ser un punto clave en la planificación financiera del Instituto. Es recomendable considerar las implicaciones fiscales en la gestión de recursos del Instituto.

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