Se considera delito equiparable al de defraudación fiscal el uso de engaño o simulación para omitir el pago de aportaciones. Las sanciones serán las mismas que para el delito fiscal según el Código Fiscal de la Federación.
Comete delito equiparable al de defraudación fiscal en los términos del Código Fiscal de la Federación, y será sancionado con las penas señaladas para dicho ilícito, quien haga uso de engaño, aproveche error, simule algún acto jurídico u oculte datos, para omitir total o parcialmente el pago de las aportaciones o el entero de los descuentos realizados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo resalta la gravedad de las omisiones en el pago de aportaciones. Se recomienda a los trabajadores y patrones actuar con transparencia para evitar consecuencias legales severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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