LISSSTE

Artículo 34. Programas de atención médica preventiva

La atención médica preventiva incluirá programas como vacunación, control de enfermedades y educación para la salud. Estos programas son esenciales para mejorar la salud pública.

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Texto Legal

La atención médica preventiva, conforme a los programas que autorice el Instituto sobre la materia, atenderá:

I. El control de enfermedades prevenibles por vacunación;

II. El control de enfermedades transmisibles;

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III. Los programas de autocuidado y de detección oportuna de padecimientos;

IV. Educación para la salud;

V. Programas de combate a la drogadicción, el alcoholismo y el tabaquismo;

VI. Salud reproductiva y planificación familiar;

VII. Atención materno infantil;

VIII. Salud bucal;

IX. Educación nutricional;

X. Salud mental;

XI. Atención primaria a la salud;

XII. Envejecimiento saludable;

XIII. Prevención y rehabilitación de pacientes con capacidades disminuidas, y

XIV. Las demás actividades que determine como tales la Junta Directiva de acuerdo con las posibilidades financieras del seguro de salud.

Sección IV Atención Médica Curativa y de Maternidad y Rehabilitación Física y Mental

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los contadores y abogados conozcan los programas de atención preventiva para asesorar adecuadamente a las instituciones y Derechohabientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LISSSTE?

La atención médica preventiva incluirá programas como vacunación, control de enfermedades y educación para la salud. Estos programas son esenciales para mejorar la salud pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Es importante que los contadores y abogados conozcan los programas de atención preventiva para asesorar adecuadamente a las instituciones y Derechohabientes.

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