LISSSTE

Artículo 3. Seguros obligatorios

Se establecen seguros obligatorios que incluyen salud, riesgos de trabajo, retiro, cesantía y vejez. Estos seguros son fundamentales para la protección de los trabajadores.

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Texto Legal

Se establecen con carácter obligatorio los siguientes seguros:

I.De salud, que comprende:

a) Atención médica preventiva;

b) Atención médica curativa y de maternidad, y

c) Rehabilitación física y mental;

II.De riesgos del trabajo;

III.De retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

IV.De invalidez y vida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los empleadores deben asegurarse de cumplir con la obligación de proporcionar estos seguros a sus trabajadores. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones y responsabilidades legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LISSSTE?

Se establecen seguros obligatorios que incluyen salud, riesgos de trabajo, retiro, cesantía y vejez. Estos seguros son fundamentales para la protección de los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Los empleadores deben asegurarse de cumplir con la obligación de proporcionar estos seguros a sus trabajadores. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones y responsabilidades legales.

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