LISSSTE

Artículo 123. Obligaciones de la Aseguradora

La Aseguradora elegida por el Pensionado tiene la responsabilidad de pagar la Pensión mensualmente y realizar depósitos bimestrales a la Cuenta Individual del Pensionado. También debe proporcionar una gratificación anual.

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Texto Legal

La Aseguradora elegida por el Pensionado deberá proceder como sigue:

I. Pagará mensualmente la Pensión;

II. Depositará bimestralmente las Cuotas y Aportaciones correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en la Cuenta Individual del Pensionado, y

III. Pagará una gratificación anual al Pensionado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los Pensionados verifiquen que la Aseguradora cumpla con sus obligaciones para evitar interrupciones en los pagos de su Pensión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del LISSSTE?

La Aseguradora elegida por el Pensionado tiene la responsabilidad de pagar la Pensión mensualmente y realizar depósitos bimestrales a la Cuenta Individual del Pensionado. También debe proporcionar una gratificación anual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 123 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Es fundamental que los Pensionados verifiquen que la Aseguradora cumpla con sus obligaciones para evitar interrupciones en los pagos de su Pensión.

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