El ISSFAM tiene organo interno de control con contralor interno, areas de auditoria, desarrollo de gestion, quejas y responsabilidades. Ejercen facultades conforme a leyes de administracion publica, entidades paraestatales y responsabilidades administrativas.
El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene un órgano interno de control, al frente del cual el titular del mismo, designado en los términos del artículo 37, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de auditoría interna, desarrollo y mejora de la gestión pública, quejas, denuncias e investigaciones y de responsabilidades, designados en los mismos términos.
Los servidores públicos a que se refiere el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias, ejercen las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y en los demás ordenamientos legales y administrativos aplicables, conforme a lo previsto en los artículos 66 y 67 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Las ausencias del contralor interno, así como la de los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoría y quejas, serán suplidas conforme a lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Artículo reformado DOF 08-05-2006, 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Reforma 2025 actualizo referencias a Secretaria Anticorrupcion y Buen Gobierno. El organo interno es complementario al comisario externo. Contadores deben coordinar con auditoria interna para cualquier reforma de procesos o cambios en registros financieros.
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