Se establecen las fuentes de recursos para el fondo de vivienda de los miembros de las fuerzas armadas, incluyendo aportaciones del Gobierno Federal y otros ingresos. Esto es clave para la gestión de recursos.
Los recursos del fondo de la vivienda para los miembros del Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, se integrarán:
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Comprender la estructura de financiamiento del fondo de vivienda es esencial para los contadores que asesoran a militares sobre sus opciones de vivienda y créditos.
Anterior
Art. 100. Fondo vivienda administracion credito militares
Siguiente
Art. 102. Destino de los recursos del fondo
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo