LISSFAM

Artículo 100. Fondo vivienda administracion credito militares

Instituto administra fondo de vivienda para militares activos, otorgando credito barato para adquirir, construir o reparar habitaciones, coordinando programas construccion y operando unidades habitacionales.

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Texto Legal

A fin de atender las necesidades de habitación familiar del militar, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas deberá:

I. Administrar el fondo de la vivienda para los militares en activo;

II. Establecer y operar con ese fondo un sistema de financiamiento para permitir a los militares en activo obtener crédito barato y suficiente para:

a) Adquirir en propiedad habitaciones incluyendo las sujetas al régimen de condominio.

b) Construir, reparar, ampliar o mejorar sus habitaciones.

c) Pagar los pasivos que tengan por los conceptos anteriores.

III. Coordinar y financiar con el propio fondo, programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional; Fracción reformada DOF 16-07-2025

IV. Administrar, conservar, mejorar y, en su caso, ampliar con casas adicionales, las unidades habitacionales de su propiedad;

V. Adquirir y construir con recursos diversos al fondo de la vivienda militar, casas habitación para ser vendidas a precios módicos a militares en situación de retiro;

VI. Construir unidades habitacionales en plazas importantes del país para su ocupación temporal mediante cuotas de recuperación por personal de Generales, Jefes, Oficiales, Tropa y sus equivalentes en la Armada en situación de retiro, y Fracción reformada DOF 16-07-2025

VII. Construir unidades habitacionales en lugares próximos a las instalaciones de la Fuerza Armada Permanente, para ser ocupadas temporalmente mediante cuotas de recuperación, por personal de Generales, Jefes, Oficiales, Tropa y sus equivalentes en la Armada en servicio activo. Fracción reformada DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fondo de vivienda es programa integral con seis funciones distintas: credito individual, programas masivos, venta a retirados, alojamiento temporal. Cada rama tiene reglas de elegibilidad propias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 100 del LISSFAM?

Instituto administra fondo de vivienda para militares activos, otorgando credito barato para adquirir, construir o reparar habitaciones, coordinando programas construccion y operando unidades habitacionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 100 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las ...?

Fondo de vivienda es programa integral con seis funciones distintas: credito individual, programas masivos, venta a retirados, alojamiento temporal. Cada rama tiene reglas de elegibilidad propias.

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