Instituto administra fondo de vivienda para militares activos, otorgando credito barato para adquirir, construir o reparar habitaciones, coordinando programas construccion y operando unidades habitacionales.
A fin de atender las necesidades de habitación familiar del militar, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas deberá:
I. Administrar el fondo de la vivienda para los militares en activo;
II. Establecer y operar con ese fondo un sistema de financiamiento para permitir a los militares en activo obtener crédito barato y suficiente para:
a) Adquirir en propiedad habitaciones incluyendo las sujetas al régimen de condominio.
b) Construir, reparar, ampliar o mejorar sus habitaciones.
c) Pagar los pasivos que tengan por los conceptos anteriores.
III. Coordinar y financiar con el propio fondo, programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional; Fracción reformada DOF 16-07-2025
IV. Administrar, conservar, mejorar y, en su caso, ampliar con casas adicionales, las unidades habitacionales de su propiedad;
V. Adquirir y construir con recursos diversos al fondo de la vivienda militar, casas habitación para ser vendidas a precios módicos a militares en situación de retiro;
VI. Construir unidades habitacionales en plazas importantes del país para su ocupación temporal mediante cuotas de recuperación por personal de Generales, Jefes, Oficiales, Tropa y sus equivalentes en la Armada en situación de retiro, y Fracción reformada DOF 16-07-2025
VII. Construir unidades habitacionales en lugares próximos a las instalaciones de la Fuerza Armada Permanente, para ser ocupadas temporalmente mediante cuotas de recuperación, por personal de Generales, Jefes, Oficiales, Tropa y sus equivalentes en la Armada en servicio activo. Fracción reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fondo de vivienda es programa integral con seis funciones distintas: credito individual, programas masivos, venta a retirados, alojamiento temporal. Cada rama tiene reglas de elegibilidad propias.
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