Autoriza al Banco de Mexico a suspender todas o algunas operaciones con intermediarios que infrinjan la Ley o sus disposiciones como sancion por incumplimiento.
El Banco de México podrá suspender todas o algunas de sus operaciones con los intermediarios financieros que infrinjan la presente Ley o las disposiciones que emanen de ella.
CAPITULO VI Del Gobierno y la Vigilancia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta sancion extrema puede afectar dramáticamente la operacion de intermediarios. Aunque es ultima ratio, complementa multas y amonestaciones. Los intermediarios deben tomar muy en serio el cumplimiento para evitar tal suspension.
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