LVGC

Artículo 74. Responsabilidad de ultimo porteador combinado

Ultimo porteador en servicio combinado debe entregar segun carta original con responsabilidades de ley. Responsabilidad comienza al recibir carga y termina al entregar.

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Texto Legal

Cuando en el transporte intervengan varias empresas que hagan servicio combinado, el último porteador está obligado a entregar la carga, conforme a la carta de porte expedida por el primero, en las condiciones y con las responsabilidades que fija esta ley, quedando a salvo su derecho contra la empresa en cuya línea haya ocurrido algún hecho u omisión de que responda el mismo último porteador.

La responsabilidad de cada porteador comienza en el momento en que recibe la carga, y termina cuando la entrega.

LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Clarifica cadena de responsabilidad en transportes multisegmento. Ultimo porteador responde ante usuario pero puede reclamar a porteador responsable del daño. Documentar estado de carga en cada transferencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LVGC?

Ultimo porteador en servicio combinado debe entregar segun carta original con responsabilidades de ley. Responsabilidad comienza al recibir carga y termina al entregar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Clarifica cadena de responsabilidad en transportes multisegmento. Ultimo porteador responde ante usuario pero puede reclamar a porteador responsable del daño. Documentar estado de carga en cada transferencia.

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