LVGC

Artículo 585. Penas agravadas para empleados de Correos

Aumenta las penas de los articulos 580, 581 y 582 hasta una tercera parte cuando el delito lo comete empleado en funciones, con inhabilitacion de diez anos para laborar en Correos. Sanciona especialmente el abuso de cargo.

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Texto Legal

En el caso de que los delitos a que se refieren los artículos 580, 581 y 582, fueren cometidos por un empleado del Correo en funciones, se aumentarán las penas señaladas en dichos artículos, hasta en una tercera parte, quedando, además, inhabilitado el culpable, por diez años, para volver a ser empleado del Correo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece responsabilidad penal reforzada para servidores publicos. Los empleados de Correos cometiendo estos delitos enfrentan no solo prision sino inhabilitacion permanente de diez anos. Los auditores deben verificar el historial de empleados que manejan timbres y fondos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 585 del LVGC?

Aumenta las penas de los articulos 580, 581 y 582 hasta una tercera parte cuando el delito lo comete empleado en funciones, con inhabilitacion de diez anos para laborar en Correos. Sanciona especialmente el abuso de cargo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 585 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Establece responsabilidad penal reforzada para servidores publicos. Los empleados de Correos cometiendo estos delitos enfrentan no solo prision sino inhabilitacion permanente de diez anos. Los auditores deben verificar el historial de empleados que manejan timbres y fondos.

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