Articulo derogado el 24-12-1986 que regulaba nuevos servicios postales. No tiene validez legal actual.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
TITULO CUARTO Derecho de los Remitentes y Destinatarios Título adicionado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
CAPITULO XXIV Derecho de los remitentes Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo inoperante desde 1986. Los nuevos servicios postales se rigen por leyes posteriores. No genera obligaciones actuales.
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