LVGC

Artículo 29. Causas de caducidad concesiones

Articulo fundamental que lista 14 causas por las cuales caducan las concesiones y asignaciones de vias generales de comunicacion, incluyendo incumplimiento de plazos, interrupcion de servicios, cambios de nacionalidad, defraudacion fiscal y otros motivos especificos.

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Texto Legal

Las concesiones y asignaciones caducarán por cualquiera de las causas siguientes: Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- Porque no se presenten los planos de reconocimiento y localización de las vías, puertos aéreos, campos de emergencia, estaciones, talleres y demás obras e instalaciones, dentro del término señalado en las concesiones;

II.- Por no construir o no establecer dentro de los plazos señalados en las concesiones, la parte o la totalidad de la vía u obras convenidas;

III.Porque se interrumpa el servicio público prestado en todo o en parte importante, sin causa justificada a juicio de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, o sin previa autorización de esta; Fracción reformada DOF 09-04-2012, 16-07-2025

IV.Porque se enajene la concesión o alguno de los derechos en ella contenidos, o los bienes afectos al servicio de que se trate, sin la previa aprobación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Fracción reformada DOF 09-04-2012, 16-07-2025

V.- Porque se ceda, hipoteque, enajene, o de cualquier manera se grave la concesión, o algunos de los derechos en ella establecidos, o los bienes efectos al servicio público de que se trate, a algún gobierno o Estados extranjeros, o porque se les admita como socios en la empresa concesionaria;

VI.- Porque se proporcionen al enemigo, en caso de guerra internacional, cualquiera de los elementos de que disponga el concesionario con motivo de su concesión;

VII.- Porque el concesionario cambie su nacionalidad mexicana;

VIII.Porque se modifiquen o alteren substancialmente la naturaleza o condiciones en que opere el servicio, el trazo o la ruta de la vía, o los circuitos de las instalaciones, o su ubicación, sin la previa aprobación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;

LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Fracción reformada DOF 09-04-2012, 16-07-2025

IX.- Porque los concesionarios no paguen la participación que corresponda al Gobierno Federal, en los casos en que así se haya estipulado en las concesiones, o porque se defraude dolosamente al Erario, en la participación, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que haya lugar;

X.- Porque el concesionario se rehuse a cumplir, en su caso, con lo dispuesto por los artículos 102 y 103 de esta ley;

XI.- Porque los concesionarios no cumplan con la obligación de conducir las diversas clases de correspondencia;

XII.- Por no otorgar la fianza o constituir el depósito a que se refiere el artículo 17 y,

XIII.- Por los motivos de caducidad estipulados en las concesiones respectivas.

XIV.- Por incumplir lo dispuesto en el artículo 127 de esta Ley. Fracción adicionada DOF 15-12-1975

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave para operadores concesionarios. La reforma DOF 16-07-2025 es reciente; revisar impacto en suspensiones por no pago de participaciones (fraccion IX) y modificaciones no autorizadas (fraccion VIII). Consignar el termino de 15 dias para defensa ante caducidad (articulo 34).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LVGC?

Articulo fundamental que lista 14 causas por las cuales caducan las concesiones y asignaciones de vias generales de comunicacion, incluyendo incumplimiento de plazos, interrupcion de servicios, cambios de nacionalidad, defraudacion fiscal y otros motivos especificos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Articulo clave para operadores concesionarios. La reforma DOF 16-07-2025 es reciente; revisar impacto en suspensiones por no pago de participaciones (fraccion IX) y modificaciones no autorizadas (fraccion VIII). Consignar el termino de 15 dias para defensa ante caducidad (articulo 34).

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