LVGC

Artículo 234. Articulo derogado inspeccion naval

Articulo derogado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 04 de enero de 1994. Pertenecia al Capitulo VIII sobre servicio de inspeccion naval.

derogadoinspeccion navalsin vigencia

Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo derogado del capitulo sobre inspeccion naval sin vigencia desde 1994. Las funciones de inspeccion maritime se encuentran reguladas actualmente por otras normas especializadas. Consulte legislacion maritime vigente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 234 del LVGC?

Articulo derogado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 04 de enero de 1994. Pertenecia al Capitulo VIII sobre servicio de inspeccion naval.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 234 de la LEY de Vías Generales de Comunicación?

Articulo derogado del capitulo sobre inspeccion naval sin vigencia desde 1994. Las funciones de inspeccion maritime se encuentran reguladas actualmente por otras normas especializadas. Consulte legislacion maritime vigente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 234 del LVGC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 234 LVGC desde tu celular