Articulo derogado mediante reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federacion el 19 de julio de 1993 y 04 de enero de 1994. No tiene vigencia legal actual.
(Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo fue derogado en dos etapas durante 1993 y 1994. Requiere verificacion en normativa maritima actual para identificar disposiciones sustitutorias aplicables.
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Art. 209. Articulo derogado permanencia puerto
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Art. 211. Articulo derogado permanencia puerto
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