Tesoreria ejerce vigilancia directa sobre recaudacion, manejo, ejercicio, administracion, inversion, pago, reintegro y custodia de recursos federales, sin perjuicio de otras autoridades.
La Tesorería llevará a cabo, de manera directa, la función de vigilancia de las Funciones de tesorería, a fin de comprobar que la recaudación, manejo, ejercicio, administración, inversión, pago, reintegro o custodia de los recursos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal y, en general que dichas Funciones, se realicen conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, en el territorio nacional o en el extranjero, con independencia de quien las realice o deba realizarlas.
La función de vigilancia que confiere esta Ley a la Tesorería se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en materia de control y fiscalización correspondan a otras autoridades.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Mandato constitutivo de facultades fiscalizadoras de Tesoreria. Independiente de auditorias de otras autoridades. Fundamental para entender alcance y limite de requerimientos informativos que puede exigir.
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