No se concentraran en la Tesoreria las aportaciones de seguridad social, retenciones al INFONAVIT y remanentes de desincorporacion de entidades deficitarias.
No se concentrarán en la Tesorería los recursos provenientes de:
I. Las aportaciones de seguridad social destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;
II. Las aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y
III. Los remanentes de los procesos de desincorporación de Entidades concluidos, que se destinen para cubrir los gastos y pasivos derivados de los procesos de desincorporación de otras Entidades que sean deficitarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta excepcion es fundamental para los sistemas de recaudacion. Los auxiliares y dependencias deben identificar correctamente los recursos que van a fondos especializados de seguridad social para evitar concentraciones indebidas que generarian incumplimientos.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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