La Tesoreria tiene a su cargo la recaudacion, concentracion y entero de recursos y valores del Gobierno Federal. El SAT transferira bienes fiscales al SAEB conforme a las disposiciones aplicables.
La Tesorería tendrá a su cargo la recaudación de recursos y valores propiedad o al cuidado del Gobierno Federal.
La recaudación comprende la recepción y Concentración, así como la recepción y Entero de recursos y valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal.
Tratándose de bienes que pasen a propiedad del fisco federal conforme a las disposiciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria realizará la transferencia al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes en términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. Asimismo, corresponderá al Servicio de Administración Tributaria realizar la aplicación de dichos bienes a la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio que corresponda a aquel en que se reciban estos bienes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece la funcion fundamental de la Tesoreria en la recaudacion de ingresos federales. Es critico para contadores entender que la concentracion de recursos es obligatoria el mismo dia y que el SAT tiene responsabilidad especifica sobre bienes fiscales transferidos.
Anterior
Art. 20. Centralizacion temporal permanente operaciones
Siguiente
Art. 22. Plazos concentracion recursos federales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo