La sociedad debe llevar un registro que contenga nombre y domicilio de los socios.
La sociedad llevará un registro que contendrá el nombre y domicilio de los socios.
CAPITULO III De la Dirección y Administración de la Sociedad
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este registro es basico pero obligatorio. Debe mantenerse actualizado e integrado con el registro de la secretaria. Facilita auditorias internas y externas.
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