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Artículo 11. Obligaciones de los socios

Establece cinco obligaciones: aportar trabajo personal, realizar aportaciones al fondo de solidaridad, asistir a asambleas, cumplir acuerdos y acatar disposiciones internas.

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Texto Legal

Son obligaciones de los socios:

I.- Aportar su trabajo personal para el cumplimiento de los fines de la sociedad;

II.- Realizar las aportaciones al fondo de solidaridad social que se determine en las asambleas específicas;

III.- Asistir a las asambleas a las que sean convocados;

IV.- Cumplir los acuerdos de las asambleas; y

V.- Acatar las disposiciones emanadas de las bases constitutivas de la declaración de principios, de los estatutos y de los reglamentos internos de la sociedad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de estas obligaciones es causal de exclusion. Los contadores deben registrar las aportaciones al fondo de solidaridad separadamente del capital social regular.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11 del 71_240418?

Establece cinco obligaciones: aportar trabajo personal, realizar aportaciones al fondo de solidaridad, asistir a asambleas, cumplir acuerdos y acatar disposiciones internas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social?

El incumplimiento de estas obligaciones es causal de exclusion. Los contadores deben registrar las aportaciones al fondo de solidaridad separadamente del capital social regular.

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