LSN

Artículo 42. Confidencialidad de datos obtenidos

Los datos obtenidos de actividades autorizadas judicialmente constituyen informacion reservada. Solo el Director General del Centro, personas designadas por el Consejo y jueces federales pueden acceder.

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Texto Legal

Los datos que se obtengan de las actividades autorizadas mediante resolución judicial será información reservada que sólo podrá conocer el Director General del Centro, las personas que designe el Consejo y los jueces federales competentes.

SECCIÓN III DE LA VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion es fundamental para proteger operaciones de inteligencia. Establece un circulo muy restringido de personas con acceso, lo que tiene implicaciones significativas para procedimientos administrativos y litigios donde se requiera disclosure.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LSN?

Los datos obtenidos de actividades autorizadas judicialmente constituyen informacion reservada. Solo el Director General del Centro, personas designadas por el Consejo y jueces federales pueden acceder.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY de Seguridad Nacional?

Esta disposicion es fundamental para proteger operaciones de inteligencia. Establece un circulo muy restringido de personas con acceso, lo que tiene implicaciones significativas para procedimientos administrativos y litigios donde se requiera disclosure.

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