LRAM

Artículo 64. Gafete mención honorífica personal

Establece dimensiones y especificaciones del gafete rectangular para personal con mención honorífica en seda azul cielo con estrella dorada. Permite agregar estrellas por menciones posteriores.

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Texto Legal

El gafete para el personal a que hace mención el artículo anterior, será de forma rectangular, de nueve milímetros de ancho por treinta milímetros de largo, confeccionado en popotillo de seda en color azul cielo llevando sobrepuesta una estrella de cinco puntas en metal dorado, inscrita en un círculo imaginario de ocho milímetros de diámetro; por cada mención honorífica posterior se agregará otra estrella de las mismas características.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo procedimental sobre presentacion visual de menciones. Sistema acumulativo de estrellas permite visible reconocimiento de multiples menciones; coordinar con abastecimiento para produccion de gafetes estandarizados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LRAM?

Establece dimensiones y especificaciones del gafete rectangular para personal con mención honorífica en seda azul cielo con estrella dorada. Permite agregar estrellas por menciones posteriores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de Recompensas de la Armada de México?

Articulo procedimental sobre presentacion visual de menciones. Sistema acumulativo de estrellas permite visible reconocimiento de multiples menciones; coordinar con abastecimiento para produccion de gafetes estandarizados.

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