LRAM

Artículo 45. Especificaciones Condecoración Mérito Facultativo

Detalla las características físicas de la Condecoración al Mérito Facultativo Naval en tamaño original, incluyendo joya circular con escudo naval, listón en popotillo de seda y gafete.

condecoraciones navalesespecificaciones tecnicasdistintivos militares

Texto Legal

La Condecoración al Mérito Facultativo Naval, será en tamaño original y miniatura. La condecoración en tamaño original consta de:

I.- Joya. Será en metal dorado para la de Primera Clase y plateado para la de Segunda. Estará compuesta por una placa circular de veinticinco milímetros de diámetro. Al centro llevará un escudo de la Armada de México inscrito en un círculo imaginario de quince milímetros de diámetro. Bajo el escudo tendrá la inscripción en dos renglones "H. Escuela Naval" y "Militar", en la parte superior en semicírculo, llevará la inscripción "Mérito Facultativo Naval", circundando la placa circular tendrá una rabiza labrada en un milímetro de ancho y en la parte superior llevará el arganeo y cepo recto de un ancla tipo almirantazgo. El cepo tendrá quince milímetros de longitud. En la parte inferior llevará las uñas y la cruz del ancla, la separación de las uñas será de treinta y cinco milímetros. El conjunto estará inscrito en un círculo imaginario de cuarenta milímetros de diámetro. Al centro del reverso la joya llevará la siguiente leyenda: "CREADA POR LA LEY DE DIECISIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO", en letras mayúsculas.

LEY DE RECOMPENSAS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 22-11-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II.- Listón. Será en popotillo de seda en forma rectangular de treinta milímetros de ancho y cuarenta y cinco milímetros de largo, en color azul cielo, con una franja vertical de cinco milímetros de ancho al centro en color amarillo para la de Primera Clase; la de Segunda Clase, tendrá cinco franjas verticales alternadas, tres de color azul cielo de ocho milímetros de ancho y dos de color blanco de tres milímetros de ancho. En su parte superior llevará una placa labrada en metal dorado, con un alfiler y seguro por su cara posterior, en el extremo inferior llevará una placa labrada en metal dorado y una argolla de unión, al centro de donde perderá la joya.

III.- Gafete. Será un rectángulo de nueve milímetros de ancho por treinta milímetros de largo, confeccionado en popotillo de seda. Los colores serán los mismos del listón y estarán distribuidos en la misma forma.

CAPITULO IX Condecoración al Mérito Deportivo Naval

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo descriptivo de características físicas sin implicaciones legales o fiscales. Relevante solo para verificación de autenticidad y procesos de manufactura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del LRAM?

Detalla las características físicas de la Condecoración al Mérito Facultativo Naval en tamaño original, incluyendo joya circular con escudo naval, listón en popotillo de seda y gafete.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45 de la LEY de Recompensas de la Armada de México?

Articulo descriptivo de características físicas sin implicaciones legales o fiscales. Relevante solo para verificación de autenticidad y procesos de manufactura.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 45 del LRAM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 45 LRAM desde tu celular