LRAM

Artículo 39. Merito Docente Naval Segunda Clase

Otorga Condecoración al Merito Docente Naval de Segunda Clase a profesores e instructores que imparten asignaturas no especificadas como tecnicas profesionales. Criterio nivel general.

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Texto Legal

La de Segunda Clase se otorga al personal de profesores o instructores, que imparta asignaturas o conocimientos no especificados en la clasificación establecida en el artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo procedimental que reconoce docencia general y especializada. Categoria residual para personal no clasificado en tecnicas profesionales. Util para administracion pero no introduce criterios sustantivos nuevos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LRAM?

Otorga Condecoración al Merito Docente Naval de Segunda Clase a profesores e instructores que imparten asignaturas no especificadas como tecnicas profesionales. Criterio nivel general.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY de Recompensas de la Armada de México?

Articulo procedimental que reconoce docencia general y especializada. Categoria residual para personal no clasificado en tecnicas profesionales. Util para administracion pero no introduce criterios sustantivos nuevos.

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