Otorga Condecoración al Merito Tecnico Naval de Primera Clase al autor de invento util a la Armada que de honra y prestigio a la Nacion. Criterio innovacion y excelencia.
La de Primera Clase se otorga al autor de un invento útil a la Armada, que dé honra y prestigio a la Nación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo sustantivo importante relacionado con propiedad intelectual y derechos de inventor. La Armada debe tener politicas claras sobre asignacion de derechos de invenciones de personal. Relevante para departamentos legal y de innovacion.
Anterior
Art. 31. Condecoración Merito Tecnico Naval Criterios
Siguiente
Art. 33. Merito Tecnico Naval Segunda Clase
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo