65_071220

Artículo 55. Responsabilidad Administrador Ante Secretaria

Administrador portuario responde ante Secretaria por obligaciones del titulo de concesion, independientemente de contratos de cesion parcial o prestacion de servicios celebrados.

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Texto Legal

El administrador portuario responderá ante la Secretaría por las obligaciones establecidas en el título de concesión respectivo, independientemente de los contratos de cesión parcial de derechos y de prestación de servicios que celebre.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Genera responsabilidad integral del administrador que no se extingue por subcontratos. Implica obligacion de supervisar cumplimiento de terceros; riesgo de incumplimientos indirectos afecta estabilidad de concesion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del 65_071220?

Administrador portuario responde ante Secretaria por obligaciones del titulo de concesion, independientemente de contratos de cesion parcial o prestacion de servicios celebrados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY de Puertos?

Genera responsabilidad integral del administrador que no se extingue por subcontratos. Implica obligacion de supervisar cumplimiento de terceros; riesgo de incumplimientos indirectos afecta estabilidad de concesion.

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