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Artículo 40. Obligaciones Administrador Portuario Integral

Enumera doce obligaciones principales del administrador portuario incluyendo planeacion, uso de bienes publicos, construccion de infraestructura, prestacion de servicios, seguridad y reporte de informacion. Constituye el nucleo de responsabilidades operativas.

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Texto Legal

Además de los derechos y obligaciones que se establecen para los concesionarios, corresponderá a los administradores portuarios:

I. Planear, programar y ejecutar las acciones necesarias para la promoción, operación y desarrollo del puerto, o grupo de ellos y terminales, a fin de lograr la mayor eficiencia y competitividad;

II. Usar, aprovechar y explotar los bienes del dominio público en los puertos o grupos de ellos y terminales, y administrar los de la zona de desarrollo portuario, en su caso;

III. Construir, mantener y administrar la infraestructura portuaria de uso común;

IV. Construir, operar y explotar terminales, marinas e instalaciones portuarias por sí, o a través de terceros mediante contrato de cesión parcial de derechos;

V. Prestar servicios portuarios y conexos por sí, o a través de terceros mediante el contrato respectivo;

VI. Opinar sobre la delimitación de las zonas y áreas del puerto;

LEY DE PUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-12-2020 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VII. Formular las reglas de operación del puerto, que incluirán, entre otros, los horarios del puerto, los requisitos que deban cumplir los prestadores de servicios portuarios y, previa opinión del comité de operación, someterlas a la autorización de la Secretaría;

VIII. Asignar las posiciones de atraque en los términos de las reglas de operación;

IX. Operar los servicios de vigilancia, así como el control de los accesos y tránsito de personas, vehículos y bienes en el área terrestre del recinto portuario, de acuerdo con las reglas de operación del mismo y sin perjuicio de las facultades del capitán de puerto y de las autoridades competentes;

X. Percibir, en los términos que fijen los reglamentos correspondientes y el título de concesión, ingresos por el uso de la infraestructura portuaria, por la celebración de contratos, por los servicios que presten directamente, así como por las demás actividades comerciales que realicen; Fracción reformada DOF 26-12-2013

XI. Proporcionar la información estadística portuaria, y Fracción reformada DOF 26-12-2013

XII. Proporcionar al CUMAR la información que les sea requerida relacionada con la Protección Marítima y Portuaria, así como tomar en cuenta sus recomendaciones para mantener los niveles establecidos en el artículo 19 Ter de la presente Ley. Fracción adicionada DOF 26-12-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es critico para auditorias de cumplimiento. Cada fraccion requiere verificacion especifica; las fracciones X-XII sobre ingresos y reportes son particularmente relevantes para analisis financiero y fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del 65_071220?

Enumera doce obligaciones principales del administrador portuario incluyendo planeacion, uso de bienes publicos, construccion de infraestructura, prestacion de servicios, seguridad y reporte de informacion. Constituye el nucleo de responsabilidades operativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la LEY de Puertos?

Este articulo es critico para auditorias de cumplimiento. Cada fraccion requiere verificacion especifica; las fracciones X-XII sobre ingresos y reportes son particularmente relevantes para analisis financiero y fiscal.

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