El incumplimiento de la ley será sancionado con multas impuestas por la Comisión Nacional, basadas en el salario mínimo vigente. Las multas no eximen del cumplimiento de obligaciones.
El incumplimiento o la contravención a las disposiciones previstas en esta Ley, será sancionado con multa que impondrá administrativamente la Comisión Nacional, tomando como base el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, en el momento de cometerse la infracción de que se trate. Párrafo reformado DOF 05-01-2000
La imposición de sanciones no relevará al infractor de cumplir con las obligaciones, o regularizar las situaciones que motivaron las multas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las multas pueden ser significativas y las instituciones deben asegurarse de cumplir con todas las disposiciones para evitar sanciones adicionales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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