Establece que relaciones laborales se rigen por Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado. Trabajadores incorporados a seguridad social del ISSSTE. Disposicion administrativa de estructura interna.
Las relaciones de trabajo entre la Comisión Nacional y sus trabajadores se regularán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, y las condiciones generales de trabajo que al efecto se determinen. Los trabajadores de la Comisión Nacional quedan incorporados al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
TÍTULO SEGUNDO DE LAS FACULTADES, DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL
CAPÍTULO I DE LAS FACULTADES DE LA COMISIÓN NACIONAL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo meramente administrativo sobre la estructura interna de la Comision. No impacta directamente obligaciones de usuarios o instituciones financieras. Utilidad limitada para consulta externa.
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