Si usuario no asiste a audiencia conciliatoria sin justificacion en diez dias habiles, se declara falta de interes y no puede presentar nueva reclamacion por los mismos hechos.
En el caso de que el Usuario no acuda a la audiencia de conciliación y no presente dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha fijada para su celebración justificación de su inasistencia, se acordará como falta de interés del Usuario y no podrá presentar la reclamación ante la Comisión Nacional por los mismos hechos, debiendo levantarse acta en donde se haga constar la inasistencia del Usuario. Párrafo reformado DOF 10-01-2014
La falta de comparecencia del fiado o de su representante, no impedirá que se lleve a cabo la audiencia de conciliación. Artículo reformado DOF 05-01-2000
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Sancion por inasistencia injustificada es grave: cierra definitivamente opcion de reclamacion. Usuario tiene diez dias habiles para justificar inasistencia. Institucion no tiene obligacion de comparecer en fianzas pero debe citarse al fiado.
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