La Comision Nacional actua como conciliador entre instituciones financieras y usuarios para proteger intereses de estos ultimos, incluyendo controversias sobre fideicomisos.
La Comisión Nacional está facultada para actuar como conciliador entre las Instituciones Financieras y los Usuarios, con el objeto de proteger los intereses de estos últimos.
Tratándose de diferencias que surjan respecto al cumplimiento de fideicomisos, la Comisión Nacional sólo conocerá de las reclamaciones que presenten los fideicomitentes o fideicomisarios en contra de los fiduciarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo fundamental que establece la competencia conciliatoria. Las instituciones deben tener representantes autorizados disponibles para audiencias de conciliacion dentro de plazos establecidos.
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Art. 59 Bis. Coordinacion con comisiones por incumplimientos
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