La Comision Nacional revisa y propone modificaciones a documentos que informan a usuarios sobre el estado de operaciones contratadas, asegurando claridad y cumplimiento normativo.
Asimismo, la Comisión Nacional revisará y, en su caso, propondrá modificaciones a los documentos que se utilicen para informar a los Usuarios sobre el estado que guardan las operaciones relacionadas con el servicio que éste haya contratado con las Instituciones Financieras, en términos de lo dispuesto por la fracción XIX del artículo 11 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La Comision Nacional tiene facultad supervisora sobre todos los documentos que se entregan a usuarios. Las instituciones deben mantener actualizado el formato de informacion conforme a cambios normativos publicados por la Comision.
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Art. 58. Informacion de operaciones con contratos adhesion
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Art. 59 Bis. Coordinacion con comisiones por incumplimientos
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