La Comision Nacional puede ordenar a instituciones financieras informar sobre caracteristicas de operaciones formalizadas por contratos de adhesion, permitiendo que los usuarios conozcan los terminos aplicables.
De igual forma, la Comisión Nacional podrá ordenar a las Instituciones Financieras que le informen sobre las características de las operaciones que formalicen con contratos de adhesión, a efecto de que éste pueda informar a los Usuarios sobre dichas características.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para garantizar la transparencia en contratos estandarizados. Las instituciones deben estar preparadas para proporcionar informacion detallada de sus contratos adhesivos a la Comision Nacional bajo demanda.
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Art. 57. Objetivo de revision de contratos de adhesion
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Art. 59. Revision de documentos informativos de operaciones
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