El Presidente no puede delegar facultades de representacion especial, propuestas a Junta, presupuestos, informes a Junta y reorganizacion administrativa. Puede delegar notificacion de acuerdos.
Son facultades indelegables del Presidente las señaladas en las fracciones VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV y XVI del artículo anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente podrá delegar en otros servidores públicos de la Comisión Nacional, el encargo de notificar los acuerdos de la Junta.
TÍTULO TERCERO DE LA ORGANIZACIÓN Y PATRIMONIO DE LA COMISIÓN NACIONAL
CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Limita delegacion de decisiones financieras clave (presupuesto, disposiciones generales). Contadores y abogados deben asegurar que presupuestos y acuerdos delegatorios pasen por Presidente directamente. Protege integridad de control interno al mantener centralismo en decisiones estrategicas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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