Establece que Comision debe guardar estricta reserva sobre informacion de operaciones, depositos y servicios. Solo puede revelar informacion si lo solicita autoridad judicial en juicio donde titular sea parte.
La Comisión Nacional deberá guardar estricta reserva sobre la información y documentos que conozca con motivo de su objeto, relacionada con los depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones llevadas a cabo por las Instituciones Financieras. Solamente en el caso de que dicha información o documentos sean solicitados por la autoridad judicial, en virtud de providencia dictada en juicio en el que el titular sea parte, la Comisión Nacional estará legalmente facultada para proporcionarlos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Proteccion de confidencialidad es absoluta con excepcion de providencias judiciales. Para usuarios, proporciona garantia de privacidad en reclamaciones ante Comision. Para instituciones, significa que datos compartidos con Comision no seran revelados publicamente sin orden judicial.
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Art. 12. Obligacion de proporcionar informacion y documentacion
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Art. 14. Responsabilidad de servidores publicos por revelacion
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