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Artículo 7. Asesoria estatal a personas afectadas

La Secretaria de Relaciones Exteriores y Secretaria de Economia asesoraran a personas afectadas por aplicacion de leyes extraterritoriales.

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Texto Legal

La Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Economía asesorarán a las personas que se vean afectadas por la aplicación de las leyes a que se refiere el artículo 1o. Artículo reformado DOF 09-04-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece derecho a asesoria gubernamental. Contacte SRE y SE cuando enfrente acciones bajo leyes sancionatorias. Los recursos estatales pueden complementar abogados privados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del 63?

La Secretaria de Relaciones Exteriores y Secretaria de Economia asesoraran a personas afectadas por aplicacion de leyes extraterritoriales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Protección al Comercio y la Inversión de...?

Establece derecho a asesoria gubernamental. Contacte SRE y SE cuando enfrente acciones bajo leyes sancionatorias. Los recursos estatales pueden complementar abogados privados.

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