LPAB

Artículo 86. Relaciones laborales de servidores publicos

Las relaciones laborales del Instituto con sus servidores publicos se rigen por la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y condiciones generales de trabajo. Los trabajadores estan incorporados al regimen del ISSSTE.

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Texto Legal

Las relaciones de trabajo entre el Instituto y sus servidores públicos se regularán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, y las condiciones generales de trabajo que al efecto se determinen. Los trabajadores del Instituto quedan incorporados al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esto restringe que el Instituto no puede usar contratos mercantiles para sus empleados. Al revisar nominas y contratos, aplicar exclusivamente normativa de servidores publicos y ISSSTE, no leyes de trabajo privado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 86 del LPAB?

Las relaciones laborales del Instituto con sus servidores publicos se rigen por la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y condiciones generales de trabajo. Los trabajadores estan incorporados al regimen del ISSSTE.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 86 de la LEY de Protección al Ahorro Bancario?

Esto restringe que el Instituto no puede usar contratos mercantiles para sus empleados. Al revisar nominas y contratos, aplicar exclusivamente normativa de servidores publicos y ISSSTE, no leyes de trabajo privado.

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