Las inversiones del Instituto en instituciones, intermediarios financieros y otras sociedades no se consideran empresas de participacion estatal. No estan sujetas a disposiciones de entidades publicas.
No computarán las inversiones que realice el Instituto en las Instituciones, intermediarios financieros y otros tipos de sociedades y asociaciones, para considerarlas como empresas de participación estatal y, por lo tanto, no estarán sujetas a las disposiciones legales, reglamentarias y normas administrativas aplicables a las entidades públicas.
CAPÍTULO II De los Procedimientos de Administración, Enajenación y Control de los Bienes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Permite al Instituto realizar inversiones con flexibilidad operativa sin cumplir normativa de empresas publicas. Esencial para evaluacion de inversiones y capitalizaciones. Implica regimen contractual mas dinamico que el de entidades estales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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