El Instituto no garantiza obligaciones a favor de entidades financieras, miembros del grupo financiero, pasivos en titulos negociables, obligaciones de accionistas y funcionarios clave, ni operaciones ilicitas. Especifica exclusiones importantes de cobertura.
El Instituto no garantizará las operaciones siguientes:
I. Las obligaciones a favor de entidades financieras, nacionales o extranjeras;
LEY DE PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Las obligaciones a favor de cualquier sociedad que forme parte del grupo financiero al cual, en su caso, pertenezca la Institución;
III. Los pasivos documentados en títulos negociables, así como los títulos emitidos al portador. Las obligaciones garantizadas, documentadas en títulos nominativos, quedarán cubiertas en términos del artículo 6o. de esta Ley, siempre y cuando los títulos no hayan sido negociados;
IV. Las obligaciones o depósitos a favor de accionistas, miembros del consejo de administración y de funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de la Institución de que se trate, así como apoderados generales con facultades administrativas y gerentes generales, y
V. Las operaciones que no se hayan sujetado a las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas, así como a las sanas prácticas y usos bancarios, en las que exista mala fe del titular y las relacionadas con actos u operaciones ilícitas que se ubiquen en los supuestos del artículo 400 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.
CAPÍTULO II Del Pago de las Obligaciones Garantizadas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo critico que define las limitaciones de la proteccion. Los contadores deben verificar si una obligacion cae en algunas de estas categorias de exclusion. Requiere atencion especial a las obligaciones de accionistas y funcionarios de primer y segundo nivel, asi como a operaciones ilicitas relacionadas con lavado de dinero.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo