LPlan

Artículo 33. Convenios coordinacion con organos autonomos

El Ejecutivo puede convenir coordinacion con organos constitucionales autonomos y gobiernos de entidades federativas para participacion conjunta en planeacion nacional, incluyendo municipios y demarcaciones.

convenios coordinacionorganos autonomosgobiernos localesplaneacion conjunta

Texto Legal

El Ejecutivo Federal podrá convenir con los órganos constitucionales autónomos y los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por dichas instancias se planeen de manera conjunta. En los casos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios y demarcaciones territoriales. Artículo reformado DOF 16-02-2018

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los convenios de coordinacion son herramientas criticas para articular objetivos nacionales con actores descentralizados. Deben especificar claramente responsabilidades, cronogramas y mecanismos de seguimiento para evitar conflictos competenciales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LPlan?

El Ejecutivo puede convenir coordinacion con organos constitucionales autonomos y gobiernos de entidades federativas para participacion conjunta en planeacion nacional, incluyendo municipios y demarcaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY de Planeación?

Los convenios de coordinacion son herramientas criticas para articular objetivos nacionales con actores descentralizados. Deben especificar claramente responsabilidades, cronogramas y mecanismos de seguimiento para evitar conflictos competenciales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 33 del LPlan?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 33 LPlan desde tu celular