El Ejecutivo revisa los programas considerando participacion social e indigena. Se pueden realizar adecuaciones segun procedimientos establecidos en disposiciones reglamentarias.
Los programas serán revisados por el Ejecutivo Federal en los términos que determinen las disposiciones reglamentarias, considerando la participación social, incluyendo la de los pueblos y comunidades indígenas, las cuales establecerán el procedimiento para, en su caso, realizar las adecuaciones correspondientes a éstos.
Para el caso de los programas institucionales, la revisión y, en su caso, adecuación, se realizará en los términos de esta Ley y sus disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de lo que establezca la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como aquellas disposiciones que regulen su organización y funcionamiento. Artículo reformado DOF 16-02-2018
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La revision de programas es continua durante su vigencia, no solo al inicio. Las dependencias deben establecer mecanismos permanentes de participacion social y documentar cualquier adecuacion realizada con justificacion clara.
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